Condominal

¿Cómo cobrar cuotas de mantenimiento a morosos en Querétaro?

Para cobrar cuotas de mantenimiento vencidas en Querétaro se sigue esta ruta: documentar la deuda con el estado de cuenta y las actas de asamblea que fijaron las cuotas, requerir formalmente el pago, ofrecer un convenio y, si no funciona, demandar. Nunca se deben suspender servicios básicos como el agua.

1. Ordena la base del cobro

Sin documentos, no hay cobro. Necesitas:

  • El reglamento del condominio y la escritura constitutiva del régimen.
  • Las actas de asamblea donde se aprobaron las cuotas, sus aumentos y los intereses moratorios.
  • Un estado de cuenta por unidad, firmado por el administrador, con periodos y montos.
  • El nombramiento vigente del administrador o del comité que cobra.

2. Requerimiento formal

Una carta de requerimiento firmada por abogado, con desglose y fecha límite, resuelve una parte importante de los casos. Muchas veces el moroso no paga porque nadie se lo ha pedido de forma seria.

3. Convenio de pago

Ofrecer parcialidades con un convenio firmado, que diga qué pasa si incumple, es más rápido que un juicio. Si la asamblea lo autorizó, se puede condonar parte de los intereses a cambio de pago inmediato.

4. Medidas permitidas mientras tanto

  • Restringir el uso de amenidades no esenciales, como alberca, salón o gimnasio, si el reglamento lo prevé.
  • Cobrar los intereses moratorios aprobados en asamblea.
  • Publicar la lista de adeudos en términos generales, sin exhibir a nadie ni exponer datos personales de más.

No permitido: cortar agua, impedir el acceso a la vivienda o retener vehículos. Estas medidas exponen al condominio a demandas y denuncias.

5. Demanda

Si todo lo anterior falla, se demanda el pago de las cuotas, los intereses y los gastos. La vía y la fuerza del estado de cuenta como prueba dependen de la legislación aplicable al condominio y de cómo esté integrado el expediente. Por eso los pasos 1 a 3 importan tanto.

Este artículo es informativo y no sustituye una asesoría sobre tu caso concreto.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre este tema.

¿Las cuotas de mantenimiento prescriben?

Sí, existen plazos de prescripción para su cobro, por lo que no conviene dejar acumular años de adeudo. Revisa tu caso con un abogado antes de que corran.

¿El nuevo dueño debe pagar las cuotas del anterior?

En general, los adeudos de cuotas siguen al inmueble. Por eso, antes de comprar, pide una constancia de no adeudo firmada por la administración.

¿Quién puede cobrar: el administrador o el comité?

Quien tenga facultades según el reglamento y el acta de nombramiento. Si el administrador demanda, necesita poder suficiente otorgado por la asamblea.

Sobre el autor

Lic. Ian Alberto Aguilar Soria

Soy Ian Aguilar Soria, abogado por la Universidad Autónoma de Querétaro y fundador de Innovación Legal. Llevo 9 años en derecho corporativo, laboral y cumplimiento normativo, 6 de ellos dirigiendo mi propia práctica. Atiendo personalmente cada asunto, del primer mensaje al cierre.

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